REGLAMENTO
CENTRO DE ESTUDIANTES APÓSTOL SAN PEDRO
INTRODUCCIÓN
El Centro de estudiantes es el organismo que sirve a sus miembros y colabora a la acción educativa del Colegio como medio de expresión de los intereses e inquietudes y canalizador de las iniciativas de los estudiantes.
El Centro de estudiantes se rige por su propio reglamento y estarán a cargo de un profesor o profesora quien guiará las acciones y propuestas del mismo órgano.
TITULO I
OBJETIVOS Y FUNCIONES DEL CENTRO DE ESTUDIANTES
Artículo l: El centro de estudiante es el órgano de la Comunidad Escolar que está compuesto por estudiantes de séptimo básico a cuarto año de Enseñanza Media. Su objetivo es servir a todos los estudiantes del establecimiento, llevando a cabo iniciativas y propuestas que ayuden y promuevan la participación de las y los estudiantes del colegio, para que así puedan desarrollar su pensamiento y acciones reflexivas, culturales, sociales, deportivas y artísticas.
Artículo II: Son funciones del Centro de Estudiantes:
• Cumplir con las disposiciones del Reglamento del Centro de Estudiantes.
• Escuchar las inquietudes, intereses y aspiraciones de todos los estudiantes para así poder resolverlas mediante el dialogo y mejorar en conjunto.
• Promover en el estudiantado la sana convivencia basada en las buenas relaciones y respeto entre los estudiantes, procurando un buen ambiente para el desarrollo de los distintos aprendizajes.
• Representar los problemas, necesidades e inquietudes del estudiantado antes las
autoridades del establecimiento educacional.
• Promover y crear instancias para que los alumnos puedan desarrollar sus habilidades artísticas, deportivas, culturales y de bienestar social mediante actividades que desarrollará el centro de alumnos.
• Velar por el bienestar de todos los estudiantes y crear un ambiente de armonía para evitar conflictos.
• Establecer reuniones periódicas con el o con la profesor(a) guía para la continuidad de proyectos, acciones, reformas, etc., que se quieran establecer en el colegio.
• Establecer reuniones periódicas con los delegados de curso para conocer las necesidades, requerimientos y dudas que presenten los estudiantes de los distintos cursos, para dar respuestas a sus inquietudes
• Dar a conocer sus proyectos y rendición de cuentas a los estudiantes en formaciones generales, ante la comunidad escolar.
• Recaudar fondos para cumplir con el bien común del estudiantado.
Artículo III: Son limitaciones del Centro de Estudiantes:
• Organizar y efectuar actividades de cualquier índole dentro del establecimiento educacional sin previa autorización de una autoridad u órgano educacional.
• Organizar actividades que causen rivalidad, conflicto e incitación al odio en el estudiantado.
• Sacar a estudiantes del aula sin previa autorización del profesor.
• Exigir recursos económicos al colegio para comprar algún artefacto de cualquier índole.
• Utilizar parte del fondo recaudado para fines personales.
• Quedar al margen de las actividades que se desarrollen en el colegio.
• Actuar de manera incorrecta (desafiante, superior, déspota, etc.) frente al personal o autoridad del establecimiento.
TÍTULO II
ESTRUCTURA
Artículo IV: El Centro de Estudiantes estará integrado por 5 miembros pertenecientes a los distintos niveles de séptimo a Tercero medio. No podrá exceder el máximo de 3 personas de un mismo curso.
Los estudiantes de Cuarto Medio, no podrán ser parte del Centro estudiantil, por terminar su año escolar antes que el resto de los estudiantes, pero sí podrán participar en la elección de este.
Artículo V: En caso de que el Centro determina que haya un equipo directivo, este se dividirá en 5 cargos: presidente, vicepresidente, secretario/a del centro de alumnos y secretario/a de Finanzas y un(a) delegado(a) de comunicación.
• Presidente: Representa a la directiva del Centro estudiantil ante dirección. Preside reuniones citadas por el centro de estudiantes. Representa al establecimiento educacional ante instituciones comunales, provinciales, regionales y nacionales.
• Vicepresidente: Representar al presidente en su ausencia o cuando le sea solicitado por este, asumiendo todas las responsabilidades que con lleva. Reemplazar al presidente por un determinado tiempo si es que el cargo queda en vacancia y trabaja en conjunto con el presidente.
• Secretario/a del centro de Estudiantes: Redactar documentos tales como: Actas, solicitudes, informaciones, autorizaciones, etc. Debe mantener la carpeta al día de todo lo que ocurra. Trabaja en conjunto con el presidente. Redacta los temas que dicte el presidente, reuniones con directiva, juntas con delegados, fechas importantes, cronograma etc.
• Secretario/a de finanzas: Llevar registro de ingresos y egresos del dinero del centro de alumnos. Llevará a cabo la cuenta pública donde se informará la cantidad. Al ser una persona de confianza para este cargo, el/ella será encargado de administrar los fondos recaudados.
• Delegado(a) de comunicaciones: Es el o la encargado(a) de difundir las acciones, decisiones y propuestas que el Centro estudiantil determine a través de foros, paneles y otros medios de comunicación masiva.
Artículo VI: El Centro de Estudiantes electo podrá determinar su forma de organización a través de cargos designados o realizarán las acciones de manera equitativa.
• Los integrantes del Centro estudiantil podrán administrar los fondos que se recauden.
• Las decisiones serán tomadas en conjunto entre los integrantes del Centro estudiantil y serán dadas a conocer al resto de la comunidad a través de delegados de curso y/o formación general.
• Cualquier miembro del Centro de Estudiantes podrá realizar reuniones con delegados y/o presidentes de curso, dirección y docente encargado del centro de alumnos, previo acuerdo con el resto de los integrantes del Centro estudiantil.
TÍTULO III
DE LAS DISPOSICIONES DEL CENTRO DE ESTUDIANTES.
Articulo VII: Para ser candidato al Centro de Estudiantil, los y las estudiantes deberán:
a) Tener promedio sobre 5,5.
b) No contar con anotaciones negativas en el año escolar.
c) Llevar al menos un año de antigüedad en el colegio.
d) Contar con apoyo de algún profesor o profesora para la candidatura.
Artículo VIII: Un miembro del Centro estudiantil podrá ser expulsado por:
• Mal comportamiento (Hacer desordenes en las clases, no cumplir con las responsabilidades del establecimiento, no cumplir con el perfil del estudiante CASP.
• Incitar al desorden y al odio).
• Contar con mínimo de 3 anotaciones negativas.
• Agredir física y verbalmente a un profesor o miembro de la comunidad escolar.
• Ser sorprendido portando drogas, bebidas alcohólicas y/o armas.
• Malversación de fondos del centro de alumnos para beneficio personal.
• Incurrir al menos 3 inasistencias seguidas sin justificación alguna a las reuniones del Centro estudiantil.
• Incurrir al menos 5 días seguidos al colegio sin justificación.
• Al no cumplir con sus responsabilidades respecto a su cargo.
Artículo VIII: Acerca de la duración, proceso democrático y entrega de mando.
• El Centro de Estudiantes presenta un periodo de duración de 1 año. Su función iniciará en abril y terminará en la última semana de abril del año posterior.
• Para la elección del Centro de estudiantes se necesitará al menos dos listas, los cuales deberán contar con el apoyo de un profesor o profesora del establecimiento para su candidatura.
• En caso de existir sólo una lista se realizará un plebiscito de aceptación de esta. Si no se acepta, se darán 30 días para presentar nuevas listas y hacer nuevamente el proceso de votaciones. Si por tercera vez no existe lista ganadora, cada curso presentará a su delegado para la formación de una comisión de estudiantes conformada sólo por delegados de curso.
• El nuevo Centro de Estudiantes asumirá a partir de la primera semana de mayo
• El proceso de propaganda se realizará la penúltima semana de abril y durará al menos dos semana.
• En la última semana de previo a las votaciones, se realizará un debate entre las listas a competir en las elecciones, el cual será dirigido por el profesor o profesora guía del Centro de Estudiantes. En caso de existir sólo una lista, se realizará una formación y se darán a
conocer los proyectos, propuestas e iniciativas a implementar.
• Las votaciones del Centro de Estudiantes serán públicas y universales y el recuento de votos serán también público y se informarán a toda la comunidad escolar.
• Finalmente, la asunción del nuevo Centro Estudiantil será durante la formación general y la entrega de actas la realizará el Centro de estudiantes del año anterior..